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CONSEJO TECNOLÓGICO ESTUDIANTIL

ARTÍCULOS

Artículo 91.-Estudiantes. Son estudiantes del Instituto quienes, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Educación Superior, se encuentren legalmente matriculados y participen, de acuerdo a la normativa vigente, en cursos regulares de estudio de carácter técnico o tecnológico.
Son estudiantes regulares del Instituto Superior Tecnológico Carlos Cisneros aquellos estudiantes matriculados en cada periodo académico.

Artículo 92.- Requisitos para el ingreso. Son requisitos para el ingreso de un estudiante al Instituto Superior Tecnológico Carlos Cisneros, los siguientes:

Artículo 97. Derechos de los estudiantes Son derechos de los estudiantes de conformidad con la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Orgánica de Educación Superior y su Reglamento, y demás normativa que regule el Sistema de Educación Superior, los siguientes:

  • a) Acceder, movilizarse, permanecer, egresar y titularse sin discriminación conforme sus méritos académicos.
  • b) Acceder a una educación superior de calidad y pertinente, que permita iniciar una carrera académica y/o profesional en igualdad de oportunidades.
  • c) Contar y acceder a los medios y recursos adecuados para su formación superior; garantizados en la Constitución de la República del Ecuador.
  • d) Participar en el proceso de evaluación y acreditación de su carrera.
  • e) Elegir y ser elegido para las representaciones estudiantiles e integrar el gobierno del instituto.
  • f) Ejercer la libertad de asociarse, expresarse y completar su formación bajo la más amplia libertad de cátedra e investigativa.
  • g) Participar en el proceso de construcción, difusión y aplicación del conocimiento.
  • h) Recibir una educación superior laica, intercultural, democrática, incluyente y diversa, que impulse la equidad de género, la justicia y la paz.
  • i) Gozar del derecho a la gratuidad con responsabilidad académica hasta el tercer nivel técnico-tecnológico superior, de acuerdo con las disposiciones constitucionales y legales.
  • j) Obtener de acuerdo con sus méritos académicos becas, créditos y otras formas de apoyo económico que le garantice igualdad de oportunidades en el proceso de formación de educación superior.
  • k) Desarrollarse en un ámbito educativo libre de todo tipo de violencia.

Artículo 98. Deberes de los estudiantes.  Son deberes de los estudiantes los siguientes:

  • a) Cumplir con las tareas, trabajos, proyectos y demás actividades académicas que demanden sus profesores y la naturaleza de sus carreras, con responsabilidad, eficiencia y honestidad académica, dentro de los plazos establecidos.
  • b) Asistir de manera obligatoria y puntual a las clases y demás actividades académicas.
  • c) Promover un ambiente de paz y respeto hacia los miembros de la comunidad educativa y la sociedad.
  • d) Cuidar, conservar y dar buen uso de los bienes del Instituto.
  • e) Participar en los procesos de evaluación y acreditación para mejorar la calidad de las actividades académicas.
  • f) Cumplir con todos los requisitos académicos, administrativos y legales de la carrera previa obtención de su título.
  • g) Los que señale la normativa de Educación Superior vigente.
  • Los estudiantes que registren en una o varias asignaturas menos del 75% de asistencias, reprobará la o las asignaturas y no podrá presentarse a la evaluación final en ninguna modalidad.

Artículo 99.- Personas con discapacidad. El Instituto Superior Tecnológico Carlos Cisneros a fin de garantizar el pleno ejercicio de las personas con discapacidad implementará las adecuaciones necesarias a su infraestructura y políticas institucionales para fomentar y garantizar el desempeño de actividades, potencialidades y habilidades.

Artículo 100.- Sistema de becas y ayudas económicas. El Instituto diseñará un sistema de becas y ayudas económicas para estudiantes que no cuenten con recursos económicos suficientes, conforme las directrices que emita el órgano rector de la política pública de educación superior. El sistema de becas se diseñará de acuerdo a los recursos con los que cuente el Instituto y los convenios de cooperación que se suscriban.

Los beneficiarios del sistema de becas y ayudas económicas serán los estudiantes regulares con alto promedio y distinción académica o artística, los ayudantes de cátedra e investigación, los deportistas de alto rendimiento que representen al país en eventos internacionales, las personas con discapacidad, y las personas pertenecientes a pueblos y nacionalidades del Ecuador, migrantes retornados o deportados.